Asunto: Intercambio de servicios. Autor: Natural7 Fecha: 20.05.2014

Buenas tardes.
Agradecería me asesorara de si es legal, el trabajar, intercambiando servicios.por ejemplo, un pintor me pinta la casa a cambio de dar le clases particulares a su hijo; y si se puede extrapolar no solo a trabajos eventuales, sino más duraderos; es que tengo entendido que en especie solo puede ser un 30%.

Muchas gracias.
Natural7777@hotmail.com

Nuevo comentario